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ANTT Implementa Fiscalización Online de la Tabla de Fletes

16/10/2025

A partir del 6 de octubre de 2025, entró en vigor un nuevo sistema de fiscalización de la Política Nacional de Fletes Mínimos para el Transporte de Carga por Carretera, establecida por la Ley nº 13.703/2018. Esta ley garantiza que los pagos de flete no sean inferiores a un nivel mínimo definido por la Agencia Nacional de Transporte Terrestre (ANTT), asegurando una remuneración justa a los profesionales del sector.



La novedad se dio a través de la Nota Técnica 2025.001, que actualiza el Manifiesto Electrónico de Documentos Fiscales (MDF-e). Ahora, transportistas y contratantes deben incluir información detallada sobre operaciones de carga completa.



Con estos cambios, la ANTT puede realizar un cruce automático de información entre los contratos y la tabla oficial de fletes, lo que permite identificar rápidamente cuando un flete se contrata por debajo del mínimo.



Se espera que la fiscalización electrónica resulte en un mayor número de sanciones a empresas que incumplan la norma, ya sea por errores formales en los documentos fiscales o por practicar valores por debajo del mínimo legal.



La medida exige mayor rigor administrativo y transparencia en la contratación de transportes, especialmente porque la ley prohíbe expresamente la celebración de acuerdos o convenios que resulten en fletes inferiores al mínimo. Esto significa que, aunque exista consenso entre transportista y contratante, no está permitido aplicar valores inferiores a los definidos por la ANTT.



Para transportistas y contratantes, el nuevo modelo impone una necesidad inmediata de adecuación interna, que incluye la revisión de los contratos de transporte para garantizar la conformidad con la tabla vigente y la correcta cumplimentación del MDF-e, evitando inconsistencias que puedan generar sanciones.



Es fundamental destacar que la observancia de la Nota Técnica 2025.001 es obligatoria, ya que refuerza la fiscalización de obligaciones ya impuestas por la Ley nº 13.703/2018 y las resoluciones normativas de la ANTT. Las empresas que no se adapten estarán sujetas a multas, indemnizaciones y otras medidas administrativas, coercitivas y punitivas aplicadas por la ANTT.

Bruna Silva Franceschi,

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