06/10/2025
La Cámara de Diputados aprobó ayer, 1 de octubre de 2025, el Proyecto de Ley N.º 1.087/2025 que, además de aumentar el límite de exención del IRPF a R$ 5.000,00, también creó un impuesto mínimo sobre las denominadas “altas rentas” e instituyó la tributación sobre utilidades y dividendos.
El proyecto aprobado merece destaque por incluir reglas de transición para la aplicación del impuesto sobre la renta a las utilidades y dividendos obtenidos hasta el año calendario 2025.
La redacción del proyecto prevé la tributación de los resultados acumulados hasta el 31 de diciembre de 2025; sin embargo, crea una excepción estableciendo que las utilidades y dividendos acumulados hasta 2025, si son debidamente aprobados en asamblea o reunión de socios hasta el 31 de diciembre de 2025, no estarán sujetos al nuevo impuesto del 10%.
Asimismo, la nueva regla determina que la distribución de las utilidades y dividendos acumulados deberá realizarse en los años calendario 2026, 2027 y 2028, observando los términos previstos en el acta de aprobación.
Las empresas que posean utilidades acumuladas o resultados de 2025 deben evaluar anticipar la deliberación societaria sobre su destino, asegurando el derecho adquirido de mantener la exención vigente del impuesto sobre la renta.
Como ya hemos advertido, en la forma en que fue aprobado el proyecto, puede haber espacio para posibles discusiones judiciales, dado que el resultado del ejercicio social, en general, puede ser sometido a la asamblea para aprobación y destinación hasta el cuarto mes posterior al cierre del año, lo que podría entrar en conflicto con lo dispuesto en el proyecto aprobado.
Además, se excluyeron del cálculo de las denominadas “altas rentas” los rendimientos provenientes de LCI, LCA, CRI y CRA. Tampoco se incluyen las ganancias de capital (excepto las obtenidas en operaciones bursátiles), las donaciones recibidas como adelanto de herencia, los ingresos exentos, los valores recibidos de forma acumulada y gravados exclusivamente en la fuente, así como los rendimientos de ahorro.
El texto aprobado por la Cámara aún será remitido al Senado, que suele ser propositivo, por lo que es posible que aún se realicen algunos ajustes, principalmente en lo que respecta a la tributación de la reserva de utilidades.